¿El IMSS o el ISSSTE cubren Ozempic? Lo que dice el cuadro básico sobre la semaglutida
La respuesta corta: la semaglutida sí está en el cuadro básico nacional, que hoy se llama Compendio Nacional de Insumos para la Salud y lo publica el Consejo de Salubridad General en el Diario Oficial de la Federación. Su entrada cubre la diabetes tipo 2 en adultos con alto riesgo cardiovascular y obesidad y, desde el acuerdo publicado el 11 de junio de 2026, también el control de peso. La tirzepatida entró en mayo de 2026 y la liraglutida amplió su indicación a obesidad en diciembre de 2023. Pero estar en el Compendio no obliga al IMSS ni al ISSSTE a surtirlo: cada institución decide qué compra y con qué criterios, y el acuerdo no fija presupuesto ni volúmenes. Que lo recibas depende de tu diagnóstico, de tu médico tratante y de la farmacia de tu unidad.
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La respuesta corta
Ozempic y el cuadro básico del IMSS: la semaglutida está en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud, publicado por el Consejo de Salubridad General en el DOF, para diabetes tipo 2 con riesgo cardiovascular y obesidad y, desde el 11 de junio de 2026, para control de peso. Eso no obliga al IMSS ni al ISSSTE a surtirlo: cada institución decide sus compras y tu médico tratante tiene la respuesta real.

Puntos clave
- El cuadro básico nacional es el Compendio Nacional de Insumos para la Salud (CNIS). Lo elabora el Consejo de Salubridad General, se publica en el DOF y, por el artículo 28 de la Ley General de Salud, las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, incluidos IMSS, ISSSTE e IMSS-Bienestar, se ajustan a él.
- La semaglutida inyectable (clave 010.000.7007.00) ya figuraba en el Compendio para diabetes tipo 2 en adultos con alto riesgo cardiovascular y obesidad. El acuerdo publicado el 11 de junio de 2026 le añadió la indicación de control de peso en adultos con obesidad o sobrepeso con comorbilidad y en adolescentes mayores de 12 años; el del 3 de julio de 2026 sumó nuevas presentaciones orales.
- La tirzepatida se incluyó en el Compendio con el acuerdo publicado el 12 de mayo de 2026 para diabetes tipo 2 con falla a dos o más agentes orales, y el 3 de julio de 2026 se le añadió la indicación de control de peso. La liraglutida tiene indicación de obesidad desde el acuerdo del 19 de diciembre de 2023.
- Compendio no es lo mismo que farmacia del IMSS. El Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS dice que el médico tratante se ajusta al Cuadro Básico del Instituto y que los medicamentos se surten en las farmacias del Instituto con recetarios oficiales; qué compra cada institución y para qué casos es una decisión posterior que puede cambiar.
- Lo práctico: pregunta a tu médico familiar si tu caso amerita referencia a segundo nivel, si el medicamento está en el catálogo de tu unidad y con qué indicación, y guarda fechas de consulta, receta institucional y cualquier cambio de marca o presentación. GLP-1 Tracker sirve para llevar ese registro; no tramita nada ni conoce tu expediente.
Sí está en el Compendio
Semaglutida, tirzepatida y liraglutida aparecen en el Grupo 5, Endocrinología y Metabolismo, del Compendio Nacional de Insumos para la Salud. Las entradas y sus indicaciones se publicaron en el DOF entre diciembre de 2023 y julio de 2026.
Estar en la lista no es cobertura
El acuerdo del Consejo de Salubridad General no establece presupuesto, volúmenes de compra ni proveedores. Que el IMSS o el ISSSTE lo tengan en su farmacia depende de licitaciones y compras posteriores, y eso cambia con el tiempo.
La ruta pasa por tu médico tratante
En el IMSS, el médico familiar es el primer nivel y refiere a especialidad cuando el padecimiento lo amerita. La prescripción se hace en recetario oficial dentro del Cuadro Básico del Instituto, y la farmacia de la unidad la surte.
Qué anotar desde hoy
Fecha de cada consulta, qué te recetaron y con qué indicación, si hubo referencia, qué presentación te surtieron y cuándo. Si compras en farmacia privada, guarda receta y factura: son los papeles que piden un seguro o una aclaración.
La respuesta corta: la semaglutida sí está en el cuadro básico nacional; que te la surtan es otra pregunta
Cuando alguien pregunta si "Ozempic está en el cuadro básico del IMSS", en realidad son dos preguntas distintas. La primera es si la molécula, la semaglutida, aparece en el catálogo nacional al que se ajustan las instituciones públicas. La respuesta es sí. Ese catálogo se llamaba Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud y desde hace unos años se llama Compendio Nacional de Insumos para la Salud (CNIS). Lo elabora la Comisión del Compendio del Consejo de Salubridad General (CSG), se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y, según el artículo 28 de la Ley General de Salud que los propios acuerdos citan, a él "se ajustarán las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud". Eso incluye al IMSS, al ISSSTE, a IMSS-Bienestar, a la Secretaría de Salud y a los institutos nacionales.
La segunda pregunta es si tu clínica del IMSS o del ISSSTE te lo va a surtir. Ahí la respuesta honesta es: depende, y nadie en internet puede prometértelo. El Compendio agrupa, caracteriza y codifica los insumos; no compra nada. Como lo resumió Milenio el 11 de junio de 2026 al reportar la actualización, el acuerdo "no establece presupuesto, volúmenes de compra ni proveedores", y lo que hace es permitir que las instituciones puedan incorporar estos insumos mediante licitaciones o compras consolidadas futuras. Entre la publicación en el DOF y una pluma en la farmacia de tu Unidad de Medicina Familiar hay decisiones de cada institución que cambian con el tiempo.
Esta guía te explica qué dice exactamente el Compendio sobre semaglutida, tirzepatida y liraglutida, cómo funciona la prescripción dentro del IMSS según su propio reglamento, qué preguntar en la clínica y qué conviene documentar. No es asesoría médica ni legal, y no cita dosis: eso es entre tú y tu médico tratante.
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Qué dice exactamente el Compendio sobre semaglutida, tirzepatida y liraglutida, con fechas
El Compendio no habla de marcas. Habla de moléculas, presentaciones y claves. La semaglutida en solución inyectable tiene la clave 010.000.7007.00 en el Grupo 5, Endocrinología y Metabolismo, y ya estaba en la versión 2025 del Compendio, publicada el 26 de abril de 2025, con la indicación de diabetes mellitus tipo 2 en adultos con alto riesgo cardiovascular y obesidad, como monoterapia o en combinación, en complemento a la dieta y el ejercicio. También estaban las tabletas de semaglutida para diabetes tipo 2.
El cambio grande llegó con el acuerdo fechado el 2 de junio de 2026 y publicado en el DOF el 11 de junio de 2026 (nota 5790296). Ahí la Comisión del Compendio, en su Cuarta Sesión Ordinaria del 8 de mayo de 2026, modificó la entrada de semaglutida para añadir, en cursivas y subrayado como marca el DOF, una segunda indicación: complemento a una dieta reducida en calorías y a un aumento de la actividad física para el control de peso, incluida la pérdida y el mantenimiento del peso, en adultos con obesidad o con sobrepeso y al menos una comorbilidad relacionada con el peso, y en adolescentes mayores de 12 años con obesidad. También se añadieron tres claves nuevas de semaglutida inyectable (010.000.7265.00, 7266.00 y 7267.00) con esa indicación de control de peso. En términos llanos: la presentación que la gente conoce como Wegovy entró al catálogo nacional en junio de 2026.
Un mes después, el acuerdo fechado el 2 de julio de 2026 y publicado el 3 de julio de 2026 (nota 5792641) volvió a modificar la entrada de semaglutida para sumar nuevas presentaciones orales (claves 010.000.7275.00, 7276.00 y 7277.00) y modificó la de tirzepatida para añadirle la indicación de control de peso. La tirzepatida, la molécula de Mounjaro, se había incluido apenas con el acuerdo fechado el 30 de abril de 2026 y publicado el 12 de mayo de 2026 (nota 5787137), con claves 010.000.7251.00 a 7253.00 y la indicación de diabetes tipo 2 con falla a dos o más agentes orales. La liraglutida (Saxenda y Victoza) es la más antigua de las tres en este tema: el acuerdo publicado el 19 de diciembre de 2023 (nota 5711861) le añadió la clave 010.000.7125.00 con indicación de control de peso en adultos con obesidad y comorbilidades, junto a su clave previa para diabetes tipo 2.
Hay un detalle que vale la pena conocer porque explica por qué esto tardó. En el portal público ACNIS del Consejo de Salubridad General, que lista las solicitudes de actualización, consta que Novo Nordisk México presentó una solicitud de modificación mayor de semaglutida en septiembre de 2024 (folio 3002-2024) que resultó "no procedente"; dos solicitudes de septiembre de 2025 terminaron "por desistimiento del interesado"; y las solicitudes de enero y marzo de 2026 (folios 0152-2026, 0346-2026 y 0349-2026) son las que se publicaron en el DOF en junio y julio de 2026. Las de tirzepatida (folios 0155-2026 y 0767-2026) las presentó Eli Lilly y Compañía de México. Si quieres comprobarlo tú, el portal es acnis.csg.gob.mx y los acuerdos están en dof.gob.mx con los números de nota de arriba.
Compendio no es farmacia del IMSS: cómo pasa un medicamento del DOF a tu clínica
Aquí está la confusión más común. La Ley General de Salud obliga a las instituciones públicas a ajustarse al Compendio, es decir, a no comprar fuera de él salvo excepciones. No las obliga a comprar todo lo que contiene. Cada institución tiene su propio catálogo, que en el IMSS se llama Cuadro Básico de Medicamentos del Instituto, y decide qué claves adquiere, en qué cantidades y para qué niveles de atención.
El Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS, publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2006, lo dice en tres artículos. El artículo 111: "Para la prescripción de medicamentos, el médico tratante se ajustará al Cuadro Básico de Medicamentos del Instituto", y la prescripción fuera de ese cuadro solo procede en casos excepcionales, con las normas que emita el Consejo Técnico. El artículo 112: el Instituto proporciona los servicios utilizando insumos contenidos en los cuadros básicos y en sus cambios y adiciones. Y el artículo 113: en la selección de los insumos del Cuadro Básico y Catálogo del Sector Salud, el Instituto toma en cuenta las solicitudes y necesidades del personal de salud de los tres niveles de atención y los avances científicos. En otras palabras, después del DOF viene una decisión interna del IMSS, y después de esa decisión viene una compra, casi siempre por licitación o compra consolidada.
El ISSSTE y las demás instituciones tienen catálogos y procesos propios que parten del mismo Compendio. Esta guía no puede decirte qué contiene hoy el catálogo de tu institución ni de tu unidad, porque eso no se publica de forma que un tercero pueda verificarlo, y porque cambia con cada ciclo de compra. Lo que sí puedes hacer es preguntarlo en la clínica con los nombres correctos: "semaglutida" o "tirzepatida", la indicación por la que te la recetan y, si tu médico la conoce, la clave del Compendio. Y conviene tener presente que, aunque una institución compre la molécula, la marca y la presentación que llegue a la farmacia pueden ser distintas de las que ves en una farmacia privada, porque las compras públicas se hacen por clave, no por marca.
Cómo funciona la prescripción dentro del IMSS: médico familiar, referencia a especialidad y receta institucional
El mismo Reglamento describe la ruta. Según su artículo 4, el IMSS organiza sus unidades en tres niveles: el primer nivel son las Unidades de Medicina Familiar, donde tu médico familiar da atención integral y continua; el segundo nivel son los hospitales generales de subzona, zona o regionales, que atienden a los pacientes remitidos por otros niveles según la complejidad del padecimiento; y el tercero son las Unidades Médicas de Alta Especialidad. El artículo 70 explica que la atención del médico no familiar, es decir, el especialista, dura lo necesario para resolver o controlar el problema que motivó la referencia, y que después el paciente vuelve al cuidado de su médico familiar, que recibe por escrito, en los formatos institucionales, el tratamiento a seguir.
Para los medicamentos, el artículo 109 dice que la asistencia farmacéutica provee a los derechohabientes los medicamentos "prescritos en los recetarios oficiales, por los médicos tratantes del Instituto", y que se surten en las farmacias del Instituto. Esto tiene dos consecuencias prácticas. Primera: una receta de un médico privado, por sí sola, no se surte en la farmacia del IMSS; lo que se surte es la receta institucional que emite tu médico tratante del Instituto. Segunda: si el medicamento que te interesa suele indicarlo un especialista, el camino normal empieza en tu médico familiar, que valora si tu caso amerita referencia a endocrinología, medicina interna o el servicio que corresponda en tu zona. Qué servicio, con qué criterios y en cuánto tiempo depende de tu unidad y de tu padecimiento; el Reglamento no fija plazos y esta guía tampoco puede hacerlo.
En el ISSSTE la lógica de niveles, referencia y farmacia institucional es parecida en la práctica, pero su normativa es propia y esta guía no la cita, así que trata lo anterior como una descripción del IMSS y pregunta en tu clínica del ISSSTE cómo se hace ahí. En ambos casos, quien tiene la respuesta real es tu médico tratante y el personal de la farmacia de tu unidad, no un artículo general.
Qué preguntar en tu clínica del IMSS o del ISSSTE, con las palabras correctas
Ir con las preguntas ordenadas ahorra consultas. Estas son las que más rinden, y ninguna es una petición de dosis:
A tu médico familiar: ¿mi diagnóstico corresponde a alguna de las indicaciones con las que la semaglutida, la tirzepatida o la liraglutida están en el Compendio? ¿Mi caso amerita referencia a segundo nivel, y a qué servicio? Si ya tengo estudios recientes de un médico privado, ¿sirven para la valoración o hay que repetirlos aquí? ¿Qué queda anotado en mi expediente para que la referencia salga completa?
Al especialista, si te refieren: ¿la molécula que me indicarías está en el catálogo de esta unidad hoy, y con qué indicación? Si no está, ¿existe alguna alternativa dentro del cuadro básico que consideres apropiada para mí, o el camino es documentar mi caso? ¿Cada cuánto tendría cita de seguimiento y con quién?
En la farmacia de la unidad: ¿esta clave está en existencia, y si no, hay fecha estimada? Si me dan una presentación distinta de la que esperaba, ¿me lo explican y lo anotan? Y una pregunta útil en cualquier ventanilla: ¿cuál es el canal formal para dejar constancia de que un medicamento recetado no se surtió?
Llevar tus preguntas por escrito es lo más sencillo y lo más eficaz. Si quieres una lista más general para cualquier consulta de seguimiento con GLP-1, qué preguntar en tu cita de seguimiento la tiene.
Farmacia privada versus institución: receta, precio, seguro de gastos médicos y qué documentar
Mientras se resuelve tu ruta en el sector público, muchas personas compran en farmacia privada. Las reglas ahí son otras y sí están publicadas. COFEPRIS, en su comunicado de riesgo del 28 de mayo de 2024, recordó que los agonistas del receptor GLP-1 son medicamentos de fracción IV y que, conforme al artículo 226 de la Ley General de Salud, para su venta y suministro se requiere receta médica, que puede resurtirse tantas veces como lo indique el médico que prescribe. En el mismo documento pidió no comprar en plataformas de venta, redes sociales o establecimientos que no soliciten la receta o no tengan aviso de funcionamiento, y no adquirir productos con textos en otro idioma o sin registro sanitario. Las alertas sanitarias de COFEPRIS de 2025 y 2026 por lotes falsificados de Ozempic repiten esas recomendaciones y remiten cualquier duda sobre autenticidad al titular del registro sanitario y a la denuncia sanitaria en gob.mx/cofepris; esta guía no es una lista para autenticar plumas.
Sobre el precio, esta página no cita cifras: varían por cadena, presentación y fecha, y solo la farmacia te dice el precio de hoy. Lo que sí te conviene saber es que un seguro de gastos médicos mayores puede o no cubrir medicamentos ambulatorios, y que si lo hace suele pedir receta, factura a tu nombre e informe médico. Cómo se forma el costo, a quién preguntarle y qué programas existen lo explica la guía de costo de los GLP-1 en México; y si tu aseguradora ya dijo que no, qué hacer cuando el seguro rechaza tu GLP-1 explica cómo leer el motivo y pedirlo por escrito.
La capa práctica es la misma en los dos mundos: documentar. Anota la fecha de cada consulta en el IMSS o el ISSSTE, si hubo referencia y a qué servicio, qué te recetaron y con qué indicación, qué presentación te surtieron y cuándo, y cualquier vez que un medicamento recetado no estuvo en existencia. Si compras en privado, guarda receta, factura y lote de cada compra, y anota cuándo cambias de marca o de presentación, que es frecuente cuando pasas de una farmacia privada a una institucional o al revés. GLP-1 Tracker está hecho para llevar ese historial en tu iPhone, sin cuenta y con los datos guardados en el dispositivo: dosis, fechas, notas y cambios de medicamento quedan en una sola línea de tiempo que puedes mostrar en la siguiente consulta. Cómo seguir el registro cuando cambias de medicamento o de presentación lo detalla esta guía paso a paso. La app no gestiona trámites, no conoce tu expediente ni el catálogo de tu unidad, y no decide nada; solo hace que cuando te pregunten "¿desde cuándo y qué le dieron?", la respuesta esté a la mano.
Preguntas frecuentes
¿Ozempic está en el cuadro básico del IMSS?
La semaglutida, que es la molécula de Ozempic, está en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud con la clave 010.000.7007.00 y la indicación de diabetes mellitus tipo 2 en adultos con alto riesgo cardiovascular y obesidad, y desde el acuerdo publicado en el DOF el 11 de junio de 2026 también con indicación de control de peso. El Compendio no menciona marcas. Si el IMSS la tiene en el catálogo de tu unidad, para qué casos y con qué marca, es una decisión de la institución que puede cambiar; la respuesta real la tiene tu médico tratante y la farmacia de tu clínica.
¿El IMSS o el ISSSTE me pueden dar semaglutida para bajar de peso?
En el catálogo nacional la indicación de control de peso existe desde junio de 2026, para adultos con obesidad o con sobrepeso y al menos una comorbilidad relacionada con el peso, y para adolescentes mayores de 12 años con obesidad. Que tu institución compre esas claves y que tu caso encaje en los criterios que aplique cada unidad es otra cosa, y nadie puede prometértelo. El camino es tu médico familiar, que valora si procede una referencia a especialidad. Esta página no es asesoría médica.
¿Y Mounjaro (tirzepatida) en el IMSS o en el ISSSTE?
La tirzepatida se incluyó en el Compendio con el acuerdo publicado en el DOF el 12 de mayo de 2026 para diabetes tipo 2 con falla a dos o más agentes orales, y el acuerdo del 3 de julio de 2026 le añadió la indicación de control de peso. Es una inclusión reciente, así que es especialmente probable que la disponibilidad en las farmacias institucionales varíe por institución, unidad y ciclo de compra. Pregúntalo en tu clínica con el nombre de la molécula.
¿Saxenda o liraglutida están en el cuadro básico?
Sí. La liraglutida tiene desde antes una clave para diabetes tipo 2 y, con el acuerdo publicado en el DOF el 19 de diciembre de 2023, la clave 010.000.7125.00 con indicación de control de peso en adultos con obesidad y comorbilidades. Como con las demás, estar en el Compendio no garantiza que tu institución la compre ni que la farmacia de tu unidad la tenga hoy.
¿Puedo llevar la receta de mi médico privado al IMSS para que me la surtan?
El Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS establece que la asistencia farmacéutica provee los medicamentos prescritos en los recetarios oficiales por los médicos tratantes del Instituto, y que se surten en las farmacias del Instituto. Una receta privada no es una receta institucional, pero sí puede servir como antecedente: llévala junto con tus estudios a tu médico familiar, que es quien valora tu caso y, en su caso, te refiere o te prescribe dentro del Cuadro Básico del Instituto.
¿Por qué en la farmacia del IMSS me pueden dar una marca distinta de la que compraba?
Porque las compras públicas se hacen por clave del Compendio, es decir, por molécula y presentación, no por marca. La institución adquiere lo que gana la licitación o la compra consolidada para esa clave, así que la caja, la pluma o la tableta pueden cambiar respecto a lo que veías en una farmacia privada. Si eso te pasa, pide que te expliquen la presentación y anótalo con fecha; tu médico tratante y el farmacéutico son quienes pueden aclararte cualquier diferencia.
¿Qué hago si en mi clínica me dicen que no hay o que no está en el catálogo?
Primero pide que quede constancia: que la receta institucional se registre como no surtida, o que te digan cuál es el canal formal de tu unidad para reportarlo. Segundo, pregunta a tu médico tratante si existe una alternativa dentro del cuadro básico que considere apropiada para ti o si lo indicado es documentar tu caso. Tercero, anota fecha, unidad y lo que te dijeron. Esta guía no puede decirte si un medicamento llegará ni cuándo; esa información solo la tiene la institución.
¿El ISSSTE usa el mismo cuadro básico que el IMSS?
Los dos parten del mismo Compendio Nacional de Insumos para la Salud, porque la Ley General de Salud dispone que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud se ajusten a él. Pero cada institución tiene su propio catálogo, sus procesos de compra y su normativa interna, y esta guía solo cita el reglamento del IMSS. Lo que contiene el catálogo del ISSSTE hoy, y en qué unidades, se pregunta en tu clínica del ISSSTE.
Lleva tu historial mientras la institución resuelve lo suyo
Fechas de consulta, referencias, recetas surtidas o no, cambios de marca o de presentación: GLP-1 Tracker lo guarda en tu iPhone, sin cuenta, para que en la siguiente cita tengas todo a la mano. Descarga la app y conoce a Otis.
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